La justicia autorizó que Luis Vitette Sellanes, el hombre del traje gris que formó parte de la banda que en el 2006 protagonizó el robo a la sucursal Acassuso del Banco Río, sea expulsado a Uruguay, en donde recuperará su libertad.
La justicia autorizó que Luis Vitette Sellanes, el hombre del traje gris que formó parte de la banda que en el 2006 protagonizó el robo a la sucursal Acassuso del Banco Río, sea expulsado a Uruguay, en donde recuperará su libertad.
El juez Marcelo Peluzzi, a raíz de que Vitete Sellanes recuperará su libertad una vez que esté en territorio Uruguayo, pidió una reforma legislativa ya que se "incorporó por fuera del Código Penal una nueva causal de extinción de la pena como consecuencia del extrañamiento de un extranjero a su país de origen".
Vitette Sellanes, quien registra varias condenas en su contra por robo y fue declarado reincidente, agotará su condena el 24 de junio de 2004 y el juez de ejecución Marcelo Peluzzi hizo lugar al pedido de la defensa para que sea expulsado a Uruguay, donde recuperará su libertad.
El titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 4 autorizó la expulsión del país del ciudadano uruguayo, quien junto a otros fue condenado por el robo ocurrido en enero del 2006 cuando una banda robó los valores que encontraron en varias cajas de seguridad.
Vitette Sellanes había planteado su "extrañamiento" hacia Uruguay invocando la ley de migraciones, y le fue otorgada por el juez tras cumplir algunos requisitos como lo son el cumplimiento de la mitad de la condena en su contra.
"Considero que corresponde tener por cumplidos dichos recaudos legales y por ello habrá de autorizarse el extrañamiento a su país de origen", sostuvo el juez, al dar por acreditado que Vitette no tiene "causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente" y a la par que "que exista otro proceso penal o civil que impida dar curso a la pretensión de la parte".
A su vez el juez libró oficios a la Dirección Nacional de Migraciones para que "arbitre todos los medios necesarios" con el objetivo de "evitar cualquier intento de ingreso al país por parte de Vitette Sellanes".
"Cabe decir que el Estado Nacional ha contraído diversos compromisos internacionales asumiendo el principio de reinserción social a través de un sistema progresivo y personalizado del cumplimiento de las penas privativas de la libertad. Con la aplicación de esta norma, tal cual se halla redactada, dicho proceso queda inconcluso, más aún en casos como el presente donde se pudo verificar que se trata de una persona que ha sido
condenada por la comisión de varios delitos, o en otros supuestos, aún en una primera condena, donde las penas impuestas son de considerables montos", aseguró el juez en su fallo.
condenada por la comisión de varios delitos, o en otros supuestos, aún en una primera condena, donde las penas impuestas son de considerables montos", aseguró el juez en su fallo.
En ese sentido, reclamó una reforma legislativa de la Ley 25.871 de modo "de que, por un lado, se cubran determinados vacíos legales que se observan en la norma, y por otro, se establezcan requisitos de mayor objetividad con el objeto de no comprometer los acuerdos internacionales asumidos por la República Argentina con otras naciones".
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